Turistas podrán vender hasta US$ 5.000

Las operaciones se podrán realizar en entidades autorizadas a operar en el mercado de cambio, y el tipo de cambio será el que surja de las operaciones en el mercado financiero (dólar MEP), informó el Ministerio de Economía tras la reunión que encabezó la ministra Batakis junto a su gabinete.

Actualidad 21/07/2022 Redacción
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La medida permitirá a los turistas la venta de moneda extranjera en entidades autorizadas a operar en el mercado de cambio con la presentación de la documentación identificatoria utilizada para el ingreso al país. La cotización que se utilizaría como referencia será la del denominado dólar Bolsa o dólar MEP, que al cierre de la jornada de este jueves marcó un valor de $321,5.

La decisión se tomó durante la reunión de gabinete económico que encabezó la ministra de Economía, Silvina Batakis, que se extendió por espacio de más de dos horas en el Palacio de Hacienda. Durante el encuentro también se decidieron acciones tendientes a mejorar las condiciones de acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones de insumos para sectores estratégicos y así garantizar la continuidad de distintos procesos productivos.

En lo que respecta a los turistas extranjeros, el Central precisó que para concretar el cambio de divisas por pesos al tipo de cambio MEP deberán presentar un documento de identificación válido, cuyos datos serán verificados por las entidades para cerciorarse que no estén en las listas elaboradas de conformidad con las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU en la lucha contra el terrorismo, y que no residan en países o territorios donde las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) no se apliquen o se apliquen poco.

"Además, deberán requerir una declaración jurada de la persona humana no residente en la que conste su condición de turista y que, en los últimos 30 días corridos y en el conjunto de las entidades, no ha realizado operaciones que superen el equivalente a 5.000 dólares", detalló el BCRA en un comunicado.

Respecto a la forma en que se hará esta operación, dijo que "a los efectos de agilizar la atención al cliente la entidad interviniente podrá liquidar la operación en base a los precios de referencia disponibles en ese momento".

"La entidad deberá concretar las operaciones con títulos valores hasta dos días hábiles de ser encomendada por el turista no residente", explicó la autoridad monetaria, por lo cual no es necesario que en cada venta de dólares esté vinculada con una operación de arbitraje de bonos en el mercado financiero, una decisión que quedará a cargo del banco o casa de cambio.

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